La reflexión antropológica iniciada por los sofistas girará en torno a la distinción entre "physis" y "nomos" ("Nomos" significa "norma", ley de instauración humana, en tanto se distingue de la ley natural), es decir,  naturaleza y convención.   Los sofistas subrayan el carácter convencional de las instituciones humanas. Habían viajado demasiado para creer en la procedencia natural de las costumbres y  los valores de los hombres. El conocimiento de culturas, pueblos y hombres distintos les despertó la conciencia de la relatividad y convencionalidad de las costumbres y valores. La ley (nomos) no es necesaria, no procede ni de los dioses ni de la naturaleza, sino que es producto de la voluntad de los hombres.   Una consecuencia importante de la distinción physis/nomos es que permite plantear la cuestión de la legitimidad y fundamento de la ley a la luz de un hipotético "estado de naturaleza", lo que se ha reflejado a lo largo de la historia en la discusión  sobre la ley natural y la ley positiva. A este respecto, una vez admitido el carácter convencional del nomos, cabe discutir su conveniencia o inconveniencia y su relación con la physis. Y así, hay que distinguir entre los sofistas dos grupos: los de la primera generación, Protágoras y Gorgias, más conservadores, y los de la segunda generación de sofistas, como Trasímaco, Antifonte y Calicles, más radicales.  Veamos a continuación algunas ideas de los sofistas sobre este punto.   Según Protágoras, la cultura no forma parte del equipamiento natural del hombre y es convencional, pero eso no quiere decir que no sea conveniente y aun necesaria para la complejidad de la vida social. El respeto a ciertas instituciones humanas resulta conveniente para el hombre, pues sin él no podría darse la vida social. Trasímaco, en cambio, considera que las leyes no benefician    ningún interés general, sino sólo el de los más fuertes. Los débiles obedecen a las leyes no por interés social, sino por su propia debilidad; asimismo, los fuertes imponen sus leyes no por la persuasión, ni en virtud de ningún pacto, sino por la fuerza. Parecidamente piensa Antifonte, para quien el nomos pervierte a la naturaleza. Según Antifonte, hay que liberarse del nomos y llevar una vida "natural", para lo cual se cuenta con un criterio: la transgresión de las leyes naturales produce un perjuicio inmediato, mientras que la actuación contra el nomos sólo produce perjuicio cuando es descubierta y castigada.